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Marco Legal Peruano vs Convención de la ONU: Análisis Comparativo de los Derechos de las Personas con Discapacidad

  • Jul 28, 2025
  • 4 min read

En 2008, Perú ratificó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, comprometiéndose formalmente a garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Cinco años después, en 2013, el país promulgó la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, como marco normativo nacional para materializar estos compromisos internacionales.

Sin embargo, entre el papel y la realidad existe una brecha significativa. Este análisis examina cómo se alinea la legislación peruana con los estándares internacionales y qué desafíos estructurales impiden su plena implementación.


La Convención de la ONU: Un cambio de paradigma

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad representa un cambio fundamental en la concepción de la discapacidad. Abandona el modelo médico-asistencial tradicional para adoptar un enfoque de derechos humanos, donde las personas con discapacidad son sujetos de derecho con plena capacidad jurídica.

Sus principios fundamentales incluyen:

  • Respeto por la dignidad inherente y la autonomía individual

  • No discriminación

  • Participación plena en la sociedad

  • Respeto por la diferencia y la diversidad humana

  • Igualdad de oportunidades

  • Accesibilidad

  • Igualdad entre hombres y mujeres


La respuesta legislativa peruana: Ley N° 29973

La Ley General de la Persona con Discapacidad busca incorporar estos principios internacionales al ordenamiento jurídico nacional. En términos generales, la norma peruana adopta el lenguaje y enfoque de la Convención, estableciendo:

Aspectos positivos de la alineación:

  • Reconoce la capacidad jurídica plena de las personas con discapacidad

  • Establece el principio de no discriminación

  • Promueve la accesibilidad universal

  • Incorpora medidas de acción afirmativa

  • Reconoce el derecho a la vida independiente

  • Establece cuotas laborales (3% en el sector público, 3% en empresas privadas de más de 50 trabajadores)

Definiciones conceptuales: La ley peruana adopta la definición de discapacidad de la Convención, reconociendo que resulta de la interacción entre las deficiencias y las barreras del entorno, no solo de las limitaciones individuales.



Brechas entre el marco internacional y nacional

A pesar de los avances normativos, existen diferencias importantes entre la Convención y su implementación en la legislación peruana:

1. Enfoque de capacidad jurídica: Mientras la Convención establece que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones, la legislación peruana mantiene figuras como la interdicción, que pueden limitar esta capacidad en la práctica.

2. Participación en la toma de decisiones: La Convención enfatiza el lema “Nada sobre nosotros sin nosotros”, pero los mecanismos de participación efectiva de las organizaciones de personas con discapacidad en el diseño e implementación de políticas públicas siguen siendo limitados.

3. Accesibilidad universal: Aunque ambos marcos la reconocen como derecho, la implementación práctica de la accesibilidad en el entorno físico, transporte, información y comunicaciones avanza lentamente.



Desafíos estructurales para la implementación


1. Fragmentación institucional

El sistema institucional peruano presenta una dispersión de competencias entre múltiples entidades (CONADIS, MIMP, sectores educación, salud, trabajo), lo que genera:

  • Duplicidad de funciones

  • Falta de coordinación intersectorial

  • Asignación presupuestal dispersa

  • Ausencia de una política integral coherente


2. Limitaciones presupuestales

La implementación efectiva de los derechos reconocidos requiere inversión significativa en:

  • Infraestructura accesible

  • Programas de inclusión educativa y laboral

  • Servicios de apoyo

  • Tecnología asistiva

  • Capacitación de funcionarios públicos

Sin embargo, la asignación presupuestal para discapacidad sigue siendo insuficiente y dispersa entre diferentes sectores.


3. Barreras culturales y sociales

Persisten actitudes discriminatorias y estereotipos que limitan la plena inclusión:

  • Percepción asistencialista de la discapacidad

  • Falta de sensibilización en funcionarios públicos

  • Resistencia al cambio en instituciones tradicionales

  • Desconocimiento de los derechos por parte de las propias personas con discapacidad


4. Debilidades en el sistema de justicia

El acceso a la justicia para personas con discapacidad enfrenta obstáculos:

  • Falta de accesibilidad física en tribunales

  • Ausencia de ajustes razonables en procedimientos

  • Limitada capacitación de operadores de justicia

  • Barreras comunicacionales no resueltas


5. Insuficiencia del sistema de seguimiento y monitoreo

Aunque existe un Mecanismo Independiente para supervisar la aplicación de la Convención, sus capacidades para monitorear efectivamente el cumplimiento son limitadas:

  • Recursos humanos y financieros insuficientes

  • Falta de indicadores claros de cumplimiento

  • Débil articulación con organizaciones de la sociedad civil

  • Ausencia de consecuencias efectivas por incumplimiento


6. Brecha entre lo urbano y rural

La implementación de derechos presenta diferencias significativas entre zonas urbanas y rurales:

  • Mayor concentración de servicios en ciudades principales

  • Barreras geográficas para acceder a programas

  • Diferencias culturales no consideradas en el diseño de políticas

  • Falta de estadísticas confiables sobre discapacidad rural


Hacia una implementación efectiva

Para cerrar la brecha entre los compromisos internacionales, la legislación nacional y la realidad, se requieren transformaciones estructurales:

  • Reforma institucional: Crear un sistema articulado con clara delimitación de competencias y mecanismos efectivos de coordinación intersectorial.

  • Inversión sostenible: Establecer un presupuesto específico y creciente para discapacidad, con seguimiento de resultados y no solo de procesos.

  • Cambio cultural: Implementar campañas masivas de sensibilización y programas de capacitación obligatoria para funcionarios públicos.

  • Fortalecimiento de la participación: Crear mecanismos vinculantes de participación de organizaciones de personas con discapacidad en todas las etapas de las políticas públicas.

  • Sistema de rendición de cuentas: Establecer indicadores claros, plazos específicos y consecuencias efectivas para el cumplimiento de obligaciones.


Conclusiones

La legislación peruana ha logrado incorporar formalmente gran parte de los estándares internacionales en materia de derechos de las personas con discapacidad. Sin embargo, la transformación normativa no ha sido acompañada por los cambios estructurales necesarios para su implementación efectiva.


Los desafíos identificados no son únicos de Perú, pero requieren soluciones adaptadas a nuestro contexto específico. La construcción de una sociedad verdaderamente inclusiva demanda no solo buenas leyes, sino instituciones sólidas, recursos suficientes, voluntad política sostenida y, fundamentalmente, un cambio cultural profundo que reconozca a las personas con discapacidad como ciudadanos plenos de derecho.


El camino hacia la plena implementación de la Convención es largo, pero cada paso cuenta. La medición de este progreso no debe hacerse solo en términos de normas promulgadas, sino de vidas transformadas y derechos ejercidos efectivamente.


 
 
 

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